Sistema Judicial

Un mito común sobre la ley de Costa Rica es que la parte demandada en el proceso penal se considera “culpable hasta que demuestre lo contrario.” Nada podría estar más lejos de la verdad. El mito parece haber surgido de la gente que entró en conflicto con la ley y que se perpetúa por los ignorantes que no entienden el sistema.

El Código Napoleónico de los países de América Latina no comienza con una presunción en absoluto. En su lugar, la Policía Judicial (O.I.J.) se da el deber de investigar de manera imparcial del crimen lo más objetivamente posible. Si una prueba suficiente se recoge para indicar que una determinada persona es culpable, hay una acusación formal y, en ese punto, es más aconsejable para obtener un abogado. Al igual que en los Estados Unidos y países europeos, un abogado es designado si el acusado no puede pagar un abogado.

Obviamente, la imparcialidad no siempre funcionan, más de lo que siempre rige los informes de los periodistas. Sin embargo, el caso debe pasar por un filtro de la corte. Nuestra observación es que este filtro a menudo favorece al reo más que la persecución y he visto casos los fiscales estaban listos para llevar a juicio que se deniegan a petición de la acusación por falta de pruebas.

A diferencia de la ley Anglo Saxon, el caso no es juzgado ante un jurado, sino ante un panel de tres jueces. Esto no es ni un defecto o una ventaja. Los jueces pueden equivocarse con tanta facilidad como los jurados. Sus interpretaciones son aptos servilmente a seguir la letra de la ley en lugar del espíritu de la misma, a menudo una ventaja para los culpables.

Otro modo, el juicio procede en una forma fácilmente reconocible en la mayoría de los países occidentales, con la fiscalía presentando su caso primero, seguido por el lado del acusado y, finalmente, los sumatorios de ambos. En casos importantes o de capital, el expediente del proceso es cuidadosamente revisada de forma automática y no es raro que un caso sea enviado de vuelta para un nuevo juicio.

La pena capital fue abolida en el país en el siglo 19 (por un dictador, nada menos, que renunció después de lograr su agenda!) y la sentencia promedio por asesinato es de unos 25 años, aunque puede ser acortado por la mala salud o la edad del convicto. A menudo la acción de la misma persona la voluntad de convocatoria de un proceso penal y una demanda civil por daños y perjuicios. Estos dos se llevan a cabo al mismo tiempo, que a menudo se alarga la duración de la acción legal.

**Artículos de los archivos del American-European Real Estate Group**

Print Friendly, PDF & Email